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¿Qué es un contribuyente?
En España, como en la mayoría de los países, un contribuyente es una persona que tiene residencia fija y debe, por tanto, cancelar impuestos.
Es decir, todas las personas físicas que tienen residencia habitual en territorio español, que permanecen más de 183 días, deben contribuir con el fisco, a través de la cancelación de distintos tributos o impuestos.
Existen, asimismo, tres grandes tipos de contribuciones. Existen las tasas, las contribuciones especiales y los impuestos. Las tasas se cancelan cuando el ciudadano hace uso de un servicio público, como por ejemplo la renovación del DNI o de licencia de conducir, etc.
Las contribuciones especiales se corresponden con la recepción de un beneficio especial o añadido, como el incremento del valor de un bien inmueble, al beneficiarse con reformas urbanísticas estatales en zonas adyacentes, como por ejemplo sucede con una finca o hacienda que aumente sus ingresos tras beneficiarse de una nueva vía carretera que facilita la salida de productos o mercancía.
A través de la Agencia Tributaria, en España se canalizan por este órgano gestor el cobro y manejo de todos los impuestos. El sistema está soportado legalmente por la Constitución española, La Ley General Tributaria, La ley general presupuestaria, leyes reguladoras de los tributos y reglamentos.
De hecho, la Ley General Tributaria, en su artículo 2do, define qué es un tributo:
¿Cuáles son los tipos de contribuyentes?
Aunque en España actualmente existe un gran número de contribuyentes, las condiciones no son iguales en todos los casos. Toda persona que genere ganancias suficientes deberá contribuir con la hacienda pública, y esto se ejecuta de acuerdo a demostraciones fehacientes de su capacidad económica.
A esto se le conoce como “hechos imponibles”, que generan impuestos por obtener un salario, tal y como sucede como el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) o bienes recibidos por herencia a través del Impuestos sobre Sucesos y Donaciones, entre otros.
Tanto el pago de impuestos como el IRPF o las llamadas contribuciones que financian la Seguridad Social, varían de acuerdo a los ingresos, al sueldo percibido y a la condición social. Ni más ni menos.
De allí se desprende por ejemplo, que el pago que se realizará por IRPF sea como mínimo de un 2% y un máximo de 46%, siempre dependiendo del sueldo recibido y de las retenciones que se efectúen a lo largo del año.
Dependiendo de las actividades que se desarrollen, tanto a nivel individual como grupos organizados en personas jurídicas, un contribuyente recibirá un trato individualizado por parte del ente público responsable, quien puede fijar inspecciones con la finalidad de verificar el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias.
Esto es muy común en el caso de las empresas, especialmente las de gran tamaño. A mayor capacidad de pago, mayor será la capacidad de aportación a las arcas públicas. Existen, por tanto:
Personas físicas o naturales
Se incluyen en este grupo todas las personas que perciben rentas producto de su trabajo habitual, ya que reciben ingresos por actividades distintas, como personas con negocio de único dueño, profesionales liberales o independientes, entre otros.
Persona jurídica
Se refiere a las personas agrupadas en asociaciones, en una sociedad y que se identifican con una razón social, por intermedio de un instrumento público. Todas sujetas a leyes que reconocen derechos y obligaciones civiles y comerciales.
Deben poseer, además, una identificación tributaria donde figue el nombre, el número de Registro Nacional de Contribuyente (RNC) y fecha de conformación legal de la compañía o empresa. Otra clasificación más sencilla, ubica a los contribuyentes de la siguiente manera:
Contribuyente A
Se trata de personas con un estado civil como divorciado, viudo o separado de forma legal, o soltero, que tienen hijos menores de 18 años o mayores incapacitados sujetos a patria potestad, que conviene de forma exclusiva con este contribuyente.
Contribuyente B
Tiene un cónyuge, está casado o separado legalmente. Mantiene económicamente a la pareja bajo su tutela, siempre y cuando ésta no perciba rentas superiores anuales a los 1500 euros.
Contribuyente C
Incluye esta clasificación a los grupos de contribuyentes que no se incluyen en las anteriores, como por ejemplo cónyuges con ingresos superiores a 1500 euros al año, o solteros sin hijos o con hijos que no conviven exclusivamente en su casa, o también aquellos que superan la mayoría de edad.
¿Qué tipo de contribuyente es una persona natural?
Las personas naturales son las personas físicas, sujetas al cobro de un impuesto personal, siempre y cuando sean productivas, perciban una remuneración fija producto de su trabajo individual.
De hecho, el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas (IRPF) regulado en la Ley 35/2006 de 28 de noviembre y el Real Decreto 439/2007 de 30 de mayo, se basa en las remuneraciones que devenguen las personas físicas.
El IRPF grava la renta que percibe una persona. Es un impuesto personal, ya que recae sobre las personas físicas y no las empresas. Se cancela mes a mes sobre la base de un sistema de retenciones.
Al finalizar el año la declaración anual realiza un balance, donde si resulta negativo el contribuyente podrá recuperar una parte de lo cancelado, mientras que si sale positivo tienen que aportar una diferencia. En el caso de los profesionales autónomos, que trabajan por cuenta propia, la renta se cancela cada tres meses.
¿Cuáles son los contribuyentes ordinarios?
Los contribuyentes ordinarios son aquellos calificados como tales, una vez que realizan hechos imponibles gravados respecto al tributo en cuestión.
Todo aquel que realiza hechos imponibles del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que no sean de forma exclusiva, relativos a operaciones exentas o exoneradas, se considera como un contribuyente ordinario del tributo.
¿Qué es una persona no contribuyente?
Existen personas físicas exentas de declarar ante el fisco, de acuerdo a lo establecido en la Agencia Tributaria, que en su página web lo establece de la siguiente manera:
- Si los ingresos son menores a 14.000 euros al año, aunque los ingresos de rentas del trabajo sean percibidos por dos o más prestadores, excepto si no cumple las dos reglas que a continuación se explican:
- Tampoco ha recibido ingresos por rendimientos de capital inmobiliario y rentas o ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, por montos superiores a 1600 euros anuales.
- No ha recibido rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro y subvenciones para adquirir viviendas protegidas por el Estado, así como otras ganancias recibidas con apoyo en actividades provenientes de ayudas públicas, por un monto superior a los 1.000 euros anuales.
- Son personas que perciben rentas anuales cono producto de actividades individuales o personales, como ingresos anuales iguales o superiores a 22.000 euros. Estas personas tienen las siguientes características:
- Las rentas proceden de un solo pagador.
- Hay varios pagadores, pero la suma del segundo y otros en orden de cuantía, no supera en total los 1.500 euros.
- Los únicos rendimientos proceden de prestaciones pasivas, es decir, se originan del sistema de Seguridad Social, o de clases pasivas, seguros colectivos, prestaciones de planes de pensiones, etc.
¿Qué son las entidades no contribuyentes?
Son entidades no contribuyentes, aunque sí declarantes: las asociaciones gremiales, fondos de empleados, fondos mutuos de inversión, sindicatos, Iglesias, hospitales.
Y otros organismos públicos que presten servicios a la colectividad, como corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible, áreas metropolitanas, sociedades de mejoras públicas, organismos de acción comunitarias, de defensa civil, entre otros similares.
¿Qué es el ciclo contribuyente?
El ciclo de vida del contribuyente se conoce como el conjunto de actuaciones,deberes y derechos que rigen a los contribuyentes de una nación, frente a los tributos, justo desde el comienzo en que se inician las operaciones hasta que terminan.
El ciclo del contribuyente permite la ubicación de una persona natural o jurídica, dentro de un sistema de cobro de impuestos versátil, amigable o no.
Donde se concretiza el pago de los compromisos que por ley correspondan, ante la autoridad investida para tal cobro. Es decir, este ciclo se inscribe dentro de un sistema, automatizado o que permita realizar el pago de los impuestos fijados por el Estado, tanto directos como indirectos.
Los elementos son: inscripción, comprobación, registro, emisión de claves, obligaciones fiscales, actualización, habilitación de buzón tributario, pago, emisión de constancias de declaración
Ejemplo de contribuyente
Un docente, o un mecánico que presta servicios por su cuenta, son personas contribuyentes de impuestos, ya que gracias a su patrimonio se encuentran obligados a soportar el pago de tributos que financian las actividades del Estado a nivel nacional o regional, así como otras contribuciones especiales.
Así las cosas, en el Impuesto sobre la renta las personas físicas que obtienen rentas a lo largo del año natural, alimentan este tributo. En el caso del llamado Impuesto sobre Sociedades, el contribuyente es la persona jurídica que percibe rentas a lo largo del ejercicio social.
Acerca del autor
¡Hola! Soy Gemma Guerrero.
Soy graduada en Economía por la Universidad de Granada. Actualmente, al igual que Arnau estoy estudiando el título oficial de CFA (Cheff Financial Advisor).
Para ello, escribir y publicar en Autorizado Red me ayuda a estar al día con los diferentes conceptos económicos y financieros que he de preparar.